Competències i objectius

 

Context de l'assignatura per al curs 2020-21

La Declaración sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer de la Asamblea de Naciones Unidas de 1993 define la violencia contra las mujeres (art. 1) en los siguientes términos:  "(...) todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se produce en la vida pública como en la privada".

En esta misma línea se pronuncia el Convenio del Consejo de Europa sobre la prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (hecho en Estambul el 11 de mayo de 2011) cuando en su art. 3, apartado a) dispone textulamente: "(...) Por "violencia contra la mujer" se deberá entender una violación de los derechos humanos y una forma de discriminación contra las mujeres, y se designarán todos los actos de violencia basados en el género que implican o puedan implicar para las mujeres daños o sufrimientos de naturaleza física, sexual, psicológica o económica incluidas las amenazas de realizar dichos actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, en la vida pública o privada".

Otro texto que resulta clave a nivel conceptual y normativo en materia de violencia de género es la Recomendación general nº 19 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la mujer que define la violencia contra la mujer por motivos de género como "la violencia dirigida contra la mujer porque es mujer o que le afecta en forma desproporcionada. Incluye actos que inflingen daños o sufrimientos de índole física, mental o sexual, amenazas de cometer esos actos, coacción y otras formas de privación de libertad (...)".

A nivel normativo interno cabe reseñar la dicción literal del art. 1.1 de la LO 1/2004, de 28 de diciembre cuando dispone "(...) la presente Ley tiene por objeto atuar contra la violencia que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres se ejerce sobre éstas por parte de quienes sean o hayan sido sus cónyuges o de quienes estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones similares de afectividad, aun sin convivencia".

Lo sucintamente reseñado a nivel normativo permite diferenciar la violencia de género de cualquier otro tipo de violencia interpersonal y permite delimitar - a nivel conceptual - este tipo de violencia en base a una serie de ítems que se erigen en cruciales para su abordaje e intervención:

  1. La violencia de género supone la manifestación violenta de la desigualdad.
  2. La violencia de género es una forma de discriminación.
  3. La violencia de género vulnera los derechos humanos de las mujeres: a la vida, integridad física y moral, intimidad, salud, libertad, etc.

Los datos sobre violencia de género instan a un análisis crítico. Sirvan como ejemplo los que se extractan a continuación:

  1. 945 mujeres han sido asesinadas por violencia de género desde que hay registros (2003-2018).
  2. Entre 2006-2017, de 718 mujeres asesinadas solo en 188 casos constaba denuncia previa.
  3. Con relación a las medidas de protección, de 718 mujeres asesinadas (2006-2017) se habían solicitado medidas de protección en 147 casos.
  4. 23 menores han sido asesinados y 199 han quedado huérfanos.

 

 

Competències de l'assignatura (verificades per ANECA en graus i màsters oficials)

Competències generals

  • CG1 : Ser capaç d'utilitzar els principis i valors com a eina de treball en la interpretació i aplicació del Dret.
  • CG4 : Adquirir una visió integral de les causes i les manifestacions del fenomen de la violència de gènere des d'una perspectiva pluridisciplinar.
  • CG5 : Ser capaç d'implementar i integrar la perspectiva de gènere en l'abordatge pluridisciplinar de la violència contra les dones.
  • CG6 : Sensibilització davant les greus repercussions que té el fenomen de la violència de gènere.
  • CG7 : Ser capaç de realitzar un aprenentatge autònom i autocrítico.
  • CG8 : Desenvolupar habilitats de treball en equip i escolta activa.

 

Competències Específiques

  • CE1 : Adquisició dels elements conceptuals i normatius per a la distinció de la Violència de gènere de qualsevol altre tipus de violència interpersonal.

 

 

 

Objectius específics indicats pel professorat per al curs 2020-21

  • Diferenciar la violencia de género de cualquier otro tipo de violencia interpersonal
  • Conocer la evolución teórica y conceptual de la violencia de género
  • Conocer el marco normativo internacional y nacional (y su evolución)
  • Conocer la dimensión constitucional y los derechos afectados en violencia de género
  • Aplicar la perspectiva de género como criterio de análisis en la praxis de casos reales

 

 

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Dades generals

Codi: 78820
Professor/a responsable:
TORRES DIAZ, MARIA CONCEPCION
Crèdits ECTS: 1,00
Crèdits teòrics: 0,20
Crèdits pràctics: 0,20
Càrrega no presencial: 0,60

Departaments amb docència

  • Dep.: DRET INTERNACIONAL PÚBLIC I DRET PENAL
    Àrea: DRET INTERNACIONAL PÚBLIC I RELACIONS INTERNACIONALS
    Crèdits teòrics: 0
    Crèdits pràctics: 0
  • Dep.: ESTUDIS JURÍDICS DE L'ESTAT
    Àrea: DRET CONSTITUCIONAL
    Crèdits teòrics: 0,2
    Crèdits pràctics: 0,2
    Aquest departament és responsable de l'assignatura.
    Aquest dep. és responsable de l'acta.

Estudis en què s'imparteix