Estancias breves en España y en el extranjero
Estancias breves en España y en el extranjero
(Convocatorias Públicas de I+D) MOVILIDAD
Informació administrativa
Publicació:
Altres:
Resolució:
Informació de seguiment:
Objecte de la convocatòria
Beneficiaris
Requisits dels beneficiaris
b)No haber disfrutado de dos estancias breves con anterioridad financiadas por este programa.
c) Los contratados predoctorales de la convocatoria anterior podrán solicitar esta ayuda si el desarrollo de la estancia se realiza durante su segundo año de contrato.
Quantia
El importe de la ayuda para el viaje será de hasta un máximo, 150 ¿ para desplazamientos a centros de investigación ubicados en España, de 600 ¿ para desplazamientos en Europa y Cuenca Mediterránea, y de 1.200 ¿ para desplazamientos al resto del mundo, previa justificación.
Las personas beneficiarias de ayudas para estancias breves en centros en el extranjero disfrutarán, sin perjuicio de la cobertura de la Seguridad Social, de un seguro de accidentes y de asistencia médica en los desplazamientos al extranjero autorizados por la Universidad de Alicante, cuando se trate de países sin concierto con la Seguridad Social española o cuando las coberturas de este concierto fueran insuficientes. La cobertura de este seguro alcanzará única y exclusivamente hasta el límite de la póliza contratada por la Universidad de Alicante y para el periodo para el que fuera concedida la estancia breve.
Lloc de lliurament de les sol·licituds
Una vez que se ha accedido a la eAdministración deberá seleccionar la opción de "SOLICITUD DE AYUDAS AL PROGRAMA PROPIO PARA EL FOMENTO DE LA I+D+I" dentro del apartado "DOCENCIA E INVESTIGACIÓN".
En la pantalla de solicitudes deberá seleccionar el "Tipo de ayuda" en el que desea participar debiendo cumplimentar en formulario electrónico y aportar los documentos exigidos por la convocatoria y requeridos en cada formulario.
Una vez finalizada la cumplimentación del formulario el/la solicitante finalizará el trámite de presentación telemática mediante la orden ENVIAR con la que quedará registrada la solicitud.
Ultima actualizació: 19/06/2017

