Ciencias de la Salud
GRADO EN ÓPTICA Y OPTOMETRÍA
Presencial
Facultad de Ciencias
Solo se imparte en esta universidad
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Leyenda: | No ofertada | Sin docencia |
La profesión de Óptico-Optometrista tiene un perfil fundamentalmente sanitario; tal y como se recoge en la Ley de ordenación de profesiones sanitarias (LOPS) de 21 de noviembre de 2003, el trabajo del Óptico-Optometrista consiste en “desarrollar las actuaciones dirigidas a la detección de los defectos de la refracción ocular… a la utilización de técnicas de reeducación, prevención e higiene visual, a la adaptación…de ayudas ópticas”. En este sentido, el óptico-optometrista debe estar capacitado para desarrollar tareas que beneficien la salud visual y el bienestar de las personas, incluyendo la prevención de enfermedades del sistema visual y el intercambio de información con otros profesionales del área de la salud. Sin embargo, además de estos aspectos fundamentales, la profesión también contempla aspectos experimentales: haciendo referencia nuevamente a la LOPS de 21 de noviembre de 2003, en relación a las competencias profesionales del óptico-optometrista, añade “…a través de su medida instrumental,…, a la adaptación, verificación y control de ayudas ópticas”.
Todo lo expuesto anteriormente justifica que la titulación deba contener un alto porcentaje de materias de perfil sanitario, que capaciten al graduado para el manejo de pacientes en sus labores de atención visual primaria, rehabilitación visual y adaptación de lentes de contacto, pero también un alto porcentaje de materias experimentales que le permitan adquirir las competencias necesarias para el manejo de instrumentación óptica, montaje y control de lentes oftálmicas y monturas, y manejo y montaje de ayudas visuales.
Los planes de estudios conducentes a la obtención de los títulos de Grado que habiliten para el ejercicio de la profesión de Óptico-Optometrista, deberán cumplir, además de lo previsto en el Real Decreto 1393/2007, los requisitos recogidos en la Orden CIN/727/2009. Así, el presente plan de estudios se diseña con la idea central de cumplir los dieciocho objetivos marcados en la citada Orden Ministerial, la cual fija en su apartado 3 los 18 objetivos que se exponen a continuación.
1. Conocer, diseñar y aplicar programas de prevención y mantenimiento relacionados con la salud visual de la población.
2. Realizar exámenes visuales con eficacia en cada una de sus fases: anamnesis, elección y realización de pruebas diagnósticas, establecimiento de pronóstico, elección y ejecución del tratamiento y redacción, si procede, de informes de remisión que establezcan los niveles de colaboración con otros profesionales, a fin de garantizar la mejor atención posible para el paciente.
3. Asesorar y orientar al paciente y familiares durante todo el tratamiento.
4. Ser capaz de reflexionar críticamente sobre cuestiones clínicas, científicas, éticas y sociales implicadas en el ejercicio profesional de la Optometría, comprendiendo los fundamentos científicos de la Óptica-Optometría y aprendiendo a valorar de forma crítica la terminología, ensayos clínicos y metodología de la investigación relacionada con la Óptica-Optometría.
5. Emitir opiniones, informes y peritajes cuando sea necesario.
6. Valorar e incorporar las mejoras tecnológicas necesarias para el correcto desarrollo de su actividad profesional.
7. Ser capaz de llevar a cabo actividades de planificación y gestión en un servicio o pequeña empresa en el campo de la Óptica-Optometría.
8. Ser capaz de planificar y realizar proyectos de investigación que contribuyan a la producción de conocimientos en el ámbito de Optometría, transmitiendo el saber científico por los medios habituales.
9. Ampliar y actualizar sus capacidades para el ejercicio profesional mediante la formación continuada.
10. Ser capaz de comunicar las indicaciones terapéuticas de salud visual y sus conclusiones, al paciente, familiares, y al resto de profesionales que intervienen en su atención, adaptándose a las características socioculturales de cada interlocutor.
11. Situar la información nueva y la interpretación de la misma en su contexto.
12. Demostrar la comprensión de la estructura general de la optometría y su conexión con otras disciplinas específicas y otras complementarias.
13. Demostrar e implementar métodos de análisis crítico, desarrollo de teorías y su aplicación al campo disciplinar de la Optometría.
14. Demostrar que posee conocimientos, habilidades y destrezas en la atención sanitaria del paciente.
15. Demostrar capacidad para actuar como agente de atención primaria visual.
16. Demostrar capacidad para participar de forma efectiva en grupos de trabajo unidisciplinares y multidisciplinares en proyectos relacionados con la Optometría.
17. Incorporar los principios éticos y legales de la profesión a la práctica profesional, respetando la autonomía del paciente, sus determinantes genéticos, demográficos, culturales y socioeconómicos, integrando los aspectos sociales y comunitarios en la toma de decisiones, aplicando los principios de justicia social en la práctica profesional, en un contexto mundial en transformación.
18. Adquirir la capacidad para realizar una gestión clínica centrada en el paciente, en la economía de la salud y el uso eficiente de los recursos sanitarios, así como la gestión eficaz de la documentación clínica con especial atención a la confidencialidad.
El Grado en Óptica y Optometría se organiza en asignaturas semestrales de 6 créditos europeos ECTS cada una. En concreto, los estudiantes deberán cursar en cada semestre 5 asignaturas para completar 30 créditos alcanzando, de este modo, los 60 créditos por curso académico y un total de 240 créditos en cuatro cursos académicos.
Para facilitar la posibilidad de compatibilizar los estudios con otras actividades se establece la posibilidad de que el alumnado pueda ser estudiante a tiempo parcial, cursando 30 ECTS por curso académico.
Tipo de materia |
Créditos |
Formación básica |
60 |
Obligatorias |
138 |
Optativas |
18 |
Prácticas externas obligatorias |
18 |
Trabajo Fin de Grado |
6 |
Créditos totales |
240 |
Los 240 créditos del plan de estudios incluyen toda la formación teórica y práctica que el estudiante debe adquirir, de acuerdo con la distribución de materias básicas, obligatorias, optativas y trabajo de fin de grado.
En esta estructura se opta por un tronco unitario de competencias (conocimientos y habilidades) consideradas básicas para el ejercicio profesional.
Este esquema conlleva necesariamente una tasa de optatividad baja. Asimismo, al trabajo Fin de Grado se le asigna el número de créditos mínimo reconocido por la legislación vigente (6 ECTS cada uno; Real Decreto de 26 de octubre de 2007 por el que se establece la ordenación de las Enseñanzas Universitarias Oficiales).
Por contra, a las Prácticas Externas se le asignan un alto valor (18 ECTS), dada la importancia de la práctica en esta titulación, por lo que supone de contacto entre el alumno y la realidad del mundo laboral.
En cuanto a la optatividad, se oferta un abanico de asignaturas de formación más específica. El título se organiza en módulos y Materias, asociando a cada una de estas últimas el logro de una serie de competencias. Las competencias a adquirir se recogen dentro de cinco grandes módulos denominados respectivamente como:
A su vez, en una clasificación mas detallada, el bloque de Óptica puede subdividirse en tres materias: Óptica, Visión y Óptica Oftálmica, y por otra parte propone para el bloque de Optometría la denominación alternativa de “Optometría y Contactología”.
Previamente a la evaluación del trabajo de fin de grado, el estudiante debe acreditar las competencias en un idioma extranjero. Entre otras formas de acreditación, en la Universidad de Alicante se considera necesario superar como mínimo, el nivel B1 del Marco de Referencia Europeo para las lenguas modernas, que podrá ser elevado en el futuro.
Las y los estudiantes que cursen títulos de grado en la Universidad de Alicante deberán acreditar como mínimo un nivel B1 de lengua extranjera (recomendable el B2) para poder obtener el título.
El nivel de lengua requerido se adecua al Marco de Referencia Europea para las Lenguas Modernas.
La acreditación del nivel de lengua se puede obtener previamente o en cualquier momento durante los estudios universitarios; en todo caso para poder evaluar el trabajo fin de grado habrá que tener acreditado dicho nivel.
Las diferentes vías para obtener la acreditación de nivel se pueden consultar en la información adicional que incluye este apartado.
Para quienes al finalizar sus estudios quieran dedicarse a la docencia no universitaria es absolutamente recomendable la obtención de la capacitación docente en lenguas (valenciano y/o lenguas extranjeras).
La capacitación se puede obtener siguiendo itinerarios específicos en sus planes de estudios o superando el curso de capacitación para la enseñanza en valenciano, en alemán, en francés y en inglés que imparte la UA.
Todas las enseñanzas oficiales de grado concluirán con la elaboración y defensa de un trabajo fin de grado, que deberá realizarse en la fase final del plan de estudios y estar orientado a la evaluación de competencias asociadas al título.
El TFG será un trabajo original, autónomo y personal cuya elaboración podrá ser individual o coordinado, y que cada estudiante realizará bajo la orientación de un tutor o tutora que permitirá al alumnado mostrar de forma integrada los contenidos formativos recibidos y las competencias adquiridas asociadas al título de grado.
Para poder matricularse del TFG el alumnado debe cumplir los requisitos establecidos en la “Normativa de permanencia y continuación de estudios para los estudiantes matriculados en títulos de grado de la Universidad de Alicante"; entre los requisitos establecidos para poder matricularse del TFG destaca el tener superado un mínimo de 168 créditos en los títulos de grado de 240 créditos, y un mínimo de 228 créditos en los títulos de grado de 300 créditos o más.
Para poder evaluar el TFG se tiene que haber acreditado el nivel B1 de lengua extranjera (recomendable el B2).
Podrán solicitar la admisión a esta titulación las personas que reúnan alguno de los siguientes requisitos de acceso:
BACHILLERATO LOMCE Y PRUEBA DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD (PAU): Aunque se pueda acceder desde cualquier modalidad de bachillerato, se recomienda haber cursado la modalidad Ciencias.
TABLA 1
2. BACHILLERATOS ANTERIORES CON O SIN PAU SUPERADA: Los estudiantes que hayan cursado estudios de bachillerato de acuerdo a planes anteriores con selectividad superada mantendrán su nota de acceso.
Los estudiantes que finalizaron el bachillerato el curso 2015/16 y no superaron la selectividad o no se presentaron y aquellos que el curso 2016/17 estén repitiendo asignaturas de 2º de bachillerato.
Los estudiantes procedentes del antiguo sistema de BUP y COU mantendrán la calificación de acceso que obtuvieron en su prueba de selectividad.
Los estudiantes procedentes de sistemas educativos españoles más antiguos (estudios de bachillerato plan anterior al 1953, estudios de bachillerato superior, curso preuniversitario y pruebas de madurez) pueden acceder a estudios oficiales de grado con la nota de acceso que obtuvieron.
3. FORMACIÓN PROFESIONAL: títulos de técnico superior de Formación Profesional, técnico superior de Artes Plásticas y Diseño, o técnico Deportivo superior: se puede acceder desde cualquier familia profesional.
4. ESTUDIANTES DE SISTEMAS EDUCATIVOS DE PAÍSES DE LA UNIÓN EUROPEA O DE OTROS ESTADOS CON LOS QUE ESPAÑA HAYA SUSCRITO ACUERDOS INTERNACIONALES AL RESPECTO. Se requiere acreditación de acceso, expedida por la UNED.
5. ESTUDIANTES DE SISTEMAS EDUCATIVOS EXTRANJEROS, previa solicitud de homologación del título de origen al título español de bachillerato podrán examinarse de un máximo de 4 asignaturas de las ofertadas en las Pruebas de Competencias Específicas (PCE) de la UNED (al menos, una asignatura troncal común).
6. OTROS: titulados universitarios y asimilados, pruebas de acceso para mayores de 25 años (opción preferente: Ciencias de la Salud), acceso con acreditación de experiencia laboral o profesional (mayores de 40 años), acceso para mayores de 45 años mediante prueba.
Asignaturas de Bachillerato |
||||||||||||||||||||||
Cursos 2010-11 2011-12 |
0.1 | |||||||||||||||||||||
0.2 | x | x | x | x | x | x | x | x | ||||||||||||||
Cursos 2012-13 2013-14 2014-15 2015-16 2016-17 |
0.1 | x |
||||||||||||||||||||
0.2 | x |
x |
x |
x |
Entre las cualidades deseables del futuro estudiante de Óptica y Optometría se puede destacar:
CURSOS |
OFERTA DE PLAZAS |
NOTAS DE CORTE POR CUPO |
||||||
GENERAL |
MAYORES 25 |
MAYORES 40 |
MAYORES 45 |
TITULADOS |
DEPORTISTAS |
MINUSV. |
||
2010-11 |
70 |
8,010 |
8,175 |
--- |
--- |
7,300 |
--- |
--- |
2011-12 |
70 |
7,689 |
7,323 |
--- |
--- |
7,540 |
--- |
--- |
2012-13 |
70 |
7,874 |
6,923 |
--- |
7,900 |
--- |
--- |
--- |
2013-14 |
70 |
6,423 |
6,075 |
--- |
--- |
6,380 |
--- |
--- |
2014-15 |
70 |
6,952 |
5,000 |
--- |
--- |
7,120 |
--- |
--- |
2015-16 |
70 |
7,706 |
6,120 |
--- |
5,700 |
6,340 |
--- |
--- |
2016-17 |
70 |
8,070 |
5,690 |
--- |
--- |
7,110 |
--- |
--- |
2017-18 |
70 |
8,010 |
5,590 |
--- |
--- |
7,700 |
--- |
--- |
Además del reconocimiento como profesión sanitaria por parte de la LOPS (44/2003), a nivel nacional, los establecimientos de óptica son considerados establecimientos sanitarios por el RD 1277/2003 de 10 de octubre que establece las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. En estos establecimientos, el óptico-optometrista desarrolla las siguientes tareas:
1 Evaluación de las capacidades visuales por medio de las pruebas optométricas oportunas. En general, detección de disfunciones de refracción, acomodación y/o coordinación binocular, y detección precoz de patologías visuales para su remisión al oftalmólogo.
2 Mejora del rendimiento visual según las exigencias del medio en que se desenvuelve el individuo, por medios físicos tales como las ayudas ópticas, entrenamiento, prevención e higiene visual, técnicas de ergonomía visual, etc.
3 Labor de educación sanitaria visual de la población.
4 Tallado, montaje, adaptación, suministro, verificación y control de los medios adecuados para la prevención, protección, compensación y mejora de la visión.
5 Adaptación, montaje y verificación de ayudas para baja visión.
6 Rehabilitación visual de sujetos con baja visión.
7 Adaptación de prótesis oculares.
Todas las tareas de atención visual primaria, montaje y control de ayudas y prótesis oculares, rehabilitación visual, etc., que se desarrollan en los establecimientos de óptica y secciones de óptica en oficinas de farmacia, se efectúan bajo la dirección y control de un óptico-optometrista colegiado, que ejerce de Director Técnico del establecimiento. Por ello, su presencia debe ser constante e inexcusable, sin perjuicio de que esté asistido en sus tareas de los ayudantes o auxiliares que estime oportuno.
En los últimos años ha surgido una nueva salida profesional en las clínicas y consultas de Oftalmología privadas y públicas. En este sentido, la formación del actual diplomado en Óptica y Optometría es muy bien valorada por los médicos especialistas en Oftalmología. La tarea que los ópticos-optometristas deben realizar en estas consultas consiste en la detección de disfunciones visuales, manejo de instrumentos ópticos de medida y diagnóstico clínico e interpretación de sus resultados, adaptación de lentes de contacto, información y asesoramiento sobre las ayudas ópticas disponibles y todas las pruebas previas y posteriores a diversos procedimientos quirúrgicos, fundamentalmente la cirugía refractiva y la cirugía de cataratas.
Resumiendo, podemos concluir que, el perfil del óptico-optometrista se adecua al perfil recogido en el libro blanco de la titulación: “El Óptico-Optometrista es un profesional sanitario que desarrolla actividades dirigidas a la prevención, detección, evaluación y tratamiento de alteraciones de la función visual. Para ello realiza exámenes visuales y oculares, diseña, verifica y adapta sistemas ópticos, diseña y desarrolla programas de entrenamiento visual y diseña y propone mejoras ergonómicas”.
CRONOGRAMA
Curso académico |
Implantación del grado en |
Extinción de la diplomatura en Óptica y Optometría (*) |
2010-2011 |
1º curso |
2010-2011 |
2011-2012 |
2º curso |
2011-2012 |
2012-2013 |
3º curso |
2012-2013 |
2013-2014 |
4º curso |
|
(*) Se refiere al curso en el que ya no se imparte docencia.
La extinción de la actual Diplomatura en Óptica y Optometría se hará año a año, de modo que la implantación del curso n del grado supone la desaparición del curso n de la actual diplomatura. Los estudiantes que lo deseen, podrán solicitar el cambio al nuevo plan. Este cambio de plan podrá solicitarse en el momento de realizar la matrícula.
En el caso de que un estudiante opte por permanecer en el anterior plan, siempre tendrá derecho a dos convocatorias por curso en los dos cursos siguientes a la implantación del título de grado en el curso que corresponda. Es decir, se respeta el derecho del alumno a seis convocatorias por asignatura.
A los estudiantes que tengan superado el primer curso de la Diplomatura en Óptica y Optometría se les reconocerá el primer curso del Grado, además de las asignaturas que les corresponden en el resto de cursos al aplicar la tabla de adaptación que se expone a continuación:
Módulo de formación básica |
|||
PLAN 2000 |
CRED |
PLAN 2010 |
ECTS |
ANATOMÍA E HISTOLOGÍA OCULAR Y DEL SISTEMA VISUAL |
4,5 |
ANATOMÍA SVH |
6 |
BIOLOGÍA GENERAL |
4,5 |
BIOLOGÍA |
6 |
FÍSICA |
9 |
FÍSICA |
6 |
MATEMÁTICAS |
9 |
MATEMÁTICAS |
6 |
ESTADÍSTICA PARA ÓPTICOS |
6 |
ESTADÍSTICA |
6 |
FUNDAMENTOS DE QUÍMICA |
7,5 |
QUÍMICA |
6 |
FISIOLOGÍA OCULAR |
4,5 |
FISIOLOGÍA SVH |
6 |
MATERIALES ÓPTICOS |
6 |
MATERIALES ÓPTICOS |
6 |
Módulo de Óptica |
|||
PLAN 2000 |
CRED |
PLAN 2010 |
ECTS |
ÓPTICA GEOMÉTRICA |
10,5 |
ÓPTICA GEOMÉTRICA |
6 |
ÓPTICA INSTRUMENTAL |
10,5 |
ÓPTICA INSTRUMENTAL |
6 |
ÓPTICA GEOMÉTRICA + ÓPTICA INSTRUMENTAL |
10,5 10.5 |
ÓPTICA GEOMÉTRICA ÓPTICA INSTRUMENTAL SISTEMAS ÓPTICOS |
6 6 6 |
ÓPTICA FÍSICA |
9 |
ÓPTICA FÍSICA I ÓPTICA FÍSICA II |
6 6 |
TECNOLOGÍA ÓPTICA I |
15 |
ÓPTICA OFTÁLMICA I |
6 |
ÓPTICA OFTÁLMICA II |
6 |
||
TECNOLOGÍA ÓPTICA I + TECNOLOGÍA ÓPTICA II |
15 4,5 |
ÓPTICA OFTÁLMICA I ÓPTICA OFTÁLMICA II ÓPTICA OFTÁLMICA III |
6 6 9 |
ÓPTICA FISIOLÓGICA I |
7,5 |
ÓPTICA VISUAL I |
6 |
ÓPTICA FISIOLÓGICA II |
4,5 |
ÓPTICA VISUAL II |
6 |
ÓPTICA FISIOLÓGICA III |
4.5 |
PSICOFÍSICA Y PERCEPCIÓN VISUAL |
6 |
Módulo de Optometría |
|||
PLAN 2000 |
CRED |
PLAN 2010 |
ECTS |
OPTOMETRÍA I
|
13,5 |
FUNDAMENTOS DE OPTOMETRÍA
OPTOMETRÍA I |
6 6 |
OPTOMETRÍA II
|
12
|
OPTOMETRÍA II OPTOMETRÍA III OPTOMETRÍA IV |
6 6 6 |
OPTOMETRÍA CLÍNICA + CONTACTOLOGÍA CLÍNICA |
4,5 4,5 |
OPTOM. Y CONTACTOLOGÍA CLÍNICA |
9 |
CONTACTOLOGÍA |
12 |
CONTACTOLOGÍA I CONTACTOLOGÍA II
|
6 6 |
OPTOMETRÍA PEDIÁTRICA Y GERIÁTRICA |
6 |
OPTOMETRÍA : POBLACIONES ESPECIALES |
6 |
Módulo de Patología |
|||
PLAN 2000 |
CRED |
PLAN 2010 |
ECTS |
PRINCIPIOS DE PATOLOGÍA Y FARMACOLOGÍA OCULAR |
7,5 |
PATOLOGÍA SVH FARMACOLOGÍA |
6 6 |
PRINCIPIOS DE PATOLOGÍA Y FARMACOLOGÍA OCULAR + SALUD PÚBLICA EN CIENCIAS DE LA VISIÓN |
7,5 6 |
PATOLOGÍA SVH FARMACOLOGÍA PATOLOGÍA OCULAR CLÍNICA Y SALUD PÚBLICA |
6 6 6
|
Adaptación entre títulos de la Facultad de Ciencias de la UA:
La Facultad de Ciencias de la Universidad de Alicante ha presentado cinco títulos de Grado de la rama de Ciencias (Biología, Ciencias del Mar, Geología, Química y Matemáticas) y un título de la rama de Ciencias de la Salud (Óptica y Optometría). Con el objetivo de facilitar la movilidad entre estudios al finalizar el primer curso se acuerda que a los alumnos que ingresen en el Grado en Óptica y Optometría procedentes de otro de los títulos de la Facultad de Ciencias se le reconocerán todos los créditos de primer curso que hayan superado. De este modo, podrían existir en segundo curso de la titulación alumnos con deficiencias en materias básicas que les impedirían seguir con normalidad los estudios. En ese caso, mediante acción tutorial se orientaría a los alumnos en el sentido adecuado para subsanar las deficiencias de formación cursando alguna materia básica.
A la vista de la documentación remitida desde la Secretaría General de Universidades con fecha 20 de noviembre de 2009 titulada “Informe sobre el acceso a Títulos oficiales de Grado desde los de Diplomado, Arquitecto Técnico e Ingeniero Técnico correspondientes a la anterior Ordenación”, en el que se indican las pautas a seguir para la oferta de los llamados “cursos puente” o “cursos de adaptación”, la Universidad de Alicante considera oportuno ofertar un curso de adaptación a los Diplomados en Óptica y Optometría.
Así, paralelamente a la puesta en marcha del Título de grado, la Universidad de Alicante ofertará, en tres ediciones (2010/11, 2011/12 y 2012/13), un curso puente para facilitar la adaptación de los actuales Diplomados en Óptica y Diplomados en Óptica y Optometría a Graduados. Este curso tendrá una duración de un año académico, y la oferta de matrícula tendrá un cupo de de 60 plazas por curso.
Acceso y Admisión de Estudiantes
El requisito de acceso de estudiantes a este curso será el siguiente: estar en posesión del título de “Diplomado en Óptica” o el título de “Diplomado en Óptica y Optometría”.
Los/as Diplomados/as en Óptica o en Óptica y Optometría por otras universidades que deseen obtener el Grado en Óptica y Optometría por la Universidad de Alicante tendrán que cursar las asignaturas que determine la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos del Centro con base en las cursadas con anterioridad en la Diplomatura. En el supuesto de que tengan que cursar asignaturas no incluidas en el Curso de Adaptación, estos/as Diplomados/as tendrán denegado el acceso.
La admisión se realizará según el siguiente baremo:
Los contenidos del curso se establecen tomando en consideración el Real Decreto R.D. 1393/2007, la Orden CIN/727/2009 que regula la profesión y la tabla de adaptaciones recogida en el capítulo 10 de la memoria del Título de Graduado en Óptica y Optometría por la Universidad de Alicante.
Con estos condicionantes se plantean las siguientes consideraciones generales:
1.- El nuevo plan incorpora como materia obligatoria la asignatura “Prácticas externas” (18 créditos), mientras que en el plan 2000 estas prácticas tienen un carácter optativo y una duración limitada a 4,5 ó 9 créditos.
2.- El Real Decreto obliga a la realización de un Trabajo Fin de Grado, que en el nuevo plan se regula como una materia obligatoria con 6 créditos ECTS.
3.- La Orden CIN727/2009 aporta la novedad de incorporar al Título el estudio de la Salud pública y el estudio del Sistema Sanitario Español.
De este modo se propone un curso de adaptación con 36 créditos ECTS de acuerdo a la siguiente estructura:
Los contenidos docentes de las citadas asignaturas serán iguales a los que constan en las correspondientes fichas de materias y asignaturas del nuevo Grado.
Respecto a la planificación temporal, se propone una estructura que distribuye la carga docente a lo largo de dos semestres. El Trabajo fin de grado, dado su carácter terminal, se ubica en el segundo semestre, mientras que las prácticas externas podrán cursarse en dos módulos de nueve créditos ofertados en ambos cuatrimestres. Con esta estructura, todos los alumnos cursarán los 36 créditos, pero la distribución temporal para cada alumno podrá variar entre 15 y 24 créditos en el primer semestre y entre 21 y 30 en el segundo.
Planificación temporal del curso de adaptación.
ASIGNATURA | Semestre 1 | Semestre 2 | Oferta cursos |
Optometría: poblaciones especiales | 6 ECTS | 10/11, 11/12, 12/13 | |
Patología ocular clínica y Salud Pública | 6 ECTS | 10/11, 11/12, 12/13 |
|
Prácticas Externas | 9/18 ECTS | 9/18 ECTS | 10/11, 11/12, 12/13 |
Trabajo Fin de Grado | 6 ECTS | 10/11, 11/12, 12/13 |
La implantación de un Curso de Adaptación dirigido a personas ya diplomadas para su acceso al Grado en Óptica y Optometría está previsto que se inicie en el curso 2011-2012 y se ofertará hasta el curso 2012-2013.
Información del Centro | Información general para el alumnado |
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Normativa general de la UA | + Información titulación |
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